Según el Art.22 del vigente Estatuto, los Académicos Correspondientes se dividen en dos clases: Nacionales y Extranjeros.
Para ser Académico correspondiente, tanto nacional como extranjero, de la Real Academia de Ciencias Veterinarias, se requiere: estar en posesión del grado de Doctor, o título equiparable, en Veterinaria, o ciencias afines, según corresponda a la vacante anunciada, con una antigüedad mínima de cinco años. Aportar su currículum vitae. Solicitar la vacante avalada por la firma de tres Académicos de Número.
Se eligen por votación entre los candidatos presentados a la correspondiente convocatoria. La votación se realizará en pleno de numerarios. La provisión de vacante de Académico correspondiente se ajustará a la siguiente normativa: todas las vacantes de Académicos correspondientes nacionales serán anunciadas en el «Boletín Oficial del Estado», dándose la máxima difusión en la prensa profesional.
Con respecto a los Académicos Correspondientes Extranjeros, a propuesta de la Junta de Gobierno o de tres Académicos de Número, se podrán proponer como Académicos Correspondientes Extranjeros a aquellas personalidades que cumplan los requisitos indicados en este mismo artículo 22. La votación se realizará como se indica para los Académicos Correspondientes Nacionales.
En todos los casos, para la toma de posesión de su plaza, el Académico correspondiente electo deberá leer un trabajo de su especialidad o resumen de un trabajo. Una vez celebrada la toma de posesión, el Académico recién nombrado quedará adscrito a la sección que esté relacionada con el trabajo presentado. Los Académicos correspondientes tendrán los mismos deberes, en cuanto a asistencia a las sesiones, que los Académicos de Número.